OTRA MUERTE Y VAN….. CASA M.A.N.U…RED DE HOGARES

Priscila es un caso aislado?

Priscila es un caso aislado?

Cuando pasan estas cosas como la que pasó con Priscila nos preguntamos Priscila es un caso aislado? cuando pedimos justicia y ponemos toda nuestra carga en los jueces de familia hay que preguntar antes, el servicio local qué hizo?, o el zonal en caso de no existir el local qué hizo?, a nosotros que cuando ingresa un pibe con un medida de abrigo, que es solo aplicable en caso excepcionales, nos preguntamos todo el tiempo si hoy no se hubiese aplicado la medida de abrigo este pibe pasaría a sumar la lista de pibes asesinados, se tarda tanto en aplicar la medida de abrigo que a los pibes se le hace carne y acostumbramiento  al golpe o la violación, hasta la calle se se hace costumbre  y se terminan resignando y acostumbrándose a vivir con ello, cuando comprendamos que el dolor de los chicos pasa pero quedan secuelas terribles, cuando aprendamos a escucharlos y decidir en base a lo que escuchamos, cuando entendamos que todos tendríamos que denunciar la vulneración de los derechos y denunciar más de una vez, ya que muchas veces una sola nos responden ya estamos trabajando en el caso y el pibe termina muerto pidamos y preguntémosles que van a hacer con esa denuncia, hoy Priscila es noticia mañana olvido. Cuantas  Priscilas más habrá que gritar que  queremos justicia, queremos una ley que proteja realmente a los niños y niñas. Basta de discursos bonitos pongámonos la niñez al hombro y en la agenda política…. Hace ya muchos años que nos venimos pronunciando cada vez que pasa algo con algún niñ@ RED DE HOGARES y mientras dura la noticia y esa sensación de impotencia todos nos desgarramos las vestiduras y después el olvido…..
Gustavo Garcia :  Hogar Don Bosco La Plata  /   RedBA

 

Atroces muertes evitables

Por María Elena Naddeo *

La muerte de Priscila y la existencia de decenas de niños y niñas con búsqueda de paradero, posibles víctimas de violencia, vuelve a colocar el tema de la protección de derechos de la infancia en la agenda pública y mediática.

Sería interesante analizar este crimen, más allá de las cuestiones criminalísticas o jurídicas, en el contexto de las múltiples situaciones de maltrato y abuso intrafamiliar que sufren todavía los chicos y chicas en nuestra sociedad.

La Convención de los Derechos del Niño primero, y luego la abundante y excelente legislación provincial y local que logramos sancionar, establecieron claramente la corresponsabilidad del Estado, las familias y el conjunto de la sociedad en el cuidado de los niños. En muchos barrios, las redes de organizaciones sociales y los equipos estatales de protección de derechos, funcionan como auténticas líneas y trincheras de prevención y contención de las situaciones de violencia. En general y siguiendo los preceptos constitucionales e internacionales, se busca resguardar el derecho a la convivencia familiar de los chicos, apostando a la superación de las situaciones de violencia. Asimismo, la ley previó la adopción de medidas excepcionales de protección a tomar cuando exista riesgo para la vida física o psíquica de los niños, y que consisten en su separación del grupo familiar agresor y la entrega en guarda a miembros de la familia ampliada o de la comunidad o el alojamiento en hogares convivenciales, como último recurso.

Cuando los equipos de protección de derechos de la infancia recomiendan o definen mantener la convivencia familiar, establecen también la inclusión del grupo familiar en programas de atención psicológica y social, a fin de garantizar un seguimiento cercano de la evolución del vínculo y la suspensión de cualquier situación de mal trato o violencia contra los niños. Y por supuesto interactúan con la escuela a la que obligatoriamente asisten los chicos, pues la institución educativa es el gran lugar donde los niños y niñas expresan sus preocupaciones y se logran detectar y prevenir múltiples problemas.

Estos son los caminos establecidos por la legislación, y los protocolos existentes. Posiblemente el cambio de domicilio de Priscila –de Lanús a Berazategui, municipios distintos con diferentes equipos intervinientes– haya complicado el seguimiento, la articulación y el contacto directo y la supervisión de la vida familiar. Posiblemente no existan en estos municipios programas de fortalecimiento de vínculos que acudan con regularidad a visitar a los chicos en sus hogares, a fin de garantizar la superación de las situaciones de violencia y supervisar la inclusión social y educativa de los chicos y chicas. Seguramente la madre de Priscila –caso paradigmático de mujer joven cargada de hijos desde la adolescencia sin ninguna formación cultural o psicopedagógica– tampoco recibió tratamientos ni advertencias institucionales acerca del cuidado de los chicos.

Las muertes por maltrato de niñas y niños de corta edad nos obligan a movilizar los recursos humanos especializados en infancia, llegando a cada barrio y a cada situación de conflicto con intervenciones certeras y ágiles. Es la presencia del Estado con políticas y programas de amplio alcance quien puede establecer y orientar en los cuidados y criterios para la crianza de los chicos. Esta sociedad contemporánea, atravesada de múltiples violencias, lo requiere. Y es el conjunto de la sociedad el que se debe comunicar con los servicios existentes cuando son detectadas situaciones de violencia, porque en materia de derechos de los niños, todos somos co-responsables.

* Especialista en niñez y género. Ex presidenta del Consejo de los Derechos de Niñ@s y Adolescentes, CABA. Fuente Pagina 12

 

Priscila o el deber de involucrarnos

POR ADRIANA MARTÍNEZ BEDINI ABOGADA ESPECIALIZADA EN FAMILIA

…..Preguntas que la Justicia deberá responder.

La Justicia seguramente pensó en el “interés superior del niño” al momento de decidir con quién viviría Priscila, como lo establece la Convención de los Derechos del Niño (de orden constitucional) y la Ley de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes (26.061), que promueve la protección integral de los derechos de los chicos que se encuentren en la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de todos los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte.

El maltrato infantil es un tema invisible para la sociedad, y cada vez más niños y adolescentes, sin importar su edad, condición social o sexo son víctimas de maltrato. ¿Qué se entiende por maltrato?

Son los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.

¿Qué hacemos como ciudadanos cuando sabemos que nuestros vecinos gritan o golpean a sus hijos?

¿O cuando una maestra detecta que un niño va golpeado a la escuela? ¿O cuando un médico atiende una lesión sospechosa? ¿O cuando vemos un chico trabajando en la calle?

Denunciar la situación salva la vida de un niño o adolescente.

Tenemos el deber de involucrarnos y el Estado, el de responder.